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Ayudas para la recuperación de las zonas afectadas por incendios forestales 2025

Ayudas directas para la reconstrucción y recuperación de negocios afectados por los incendios en los sectores de comercio, artesanía y servicios

Ayudas directas a los Ayuntamientos de las localidades evacuadas a causa de los incendios forestales acaecidos durante el verano de 2025, con la finalidad de cubrir los gastos directamente relacionados con la recuperación de los negocios afectados, garantizando la cobertura de las necesidades inmediatas de las pymes y autónomos de los sectores del comercio, la artesanía y los servicios de proximidad (relación de sectores en documento adjunto INSTRUCCIONES), con la finalidad de asegurar la continuidad de la actividad económica local, preservar el empleo y contribuir a la revitalización de estas localidades.

Los destinatarios finales de las ayudas son las pymes y los autónomos y su finalidad es cubrir los daños causados por los incendios que supongan o impliquen:

  • La reparación de instalaciones, locales, talleres o dependencias afectadas por el fuego, el humo o el calor.
  • La reposición de mobiliario, enseres, utillaje y herramientas dañadas o destruidas.
  • La sustitución o reparación de maquinaria y equipamiento básico indispensable para la continuidad del negocio.
  • La rehabilitación parcial del inmueble afectado (solo en lo relativo a la actividad económica).
  • La adquisición de mercancías, materias primas y aprovisionamientos indispensables para retomar la actividad tras el siniestro.

Importe máximo de ayuda por destinatario final: hasta 5.000 euros.

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD POR PARTE DE LOS AYUNTAMIENTOS:

.- Presentación del formulario de “Solicitud de subvenciones directas de la Dirección General de comercio y consumo”, disponible en el siguiente enlace:  Subvenciones Directas de la Dirección General de Comercio y Consumo

.- El formulario, debidamente cumplimentado, tiene que estar firmado por el representante de la entidad.

.- Documentación a adjuntar:

  • Memoria firmada, conforme al modelo anexo, en el que se identifique el/los destinatario/s final/es de la subvención y la localidad (o localidades) de desarrollo de las actuaciones para las que se solicita subvención, así como, para cada uno de los destinatarios finales el importe solicitado y la naturaleza de los gastos para los que se solicita la ayuda.
  • Certificado que acredite la representación del firmante de la solicitud, en su caso.
  • Certificado que acredite que en los procesos para la provisión de puestos llevados a cabo por la entidad, se ha realizado la correspondiente reserva legal para su cobertura por personas con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones, y que la entidad cumple con el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres en el ámbito laboral (conforme al modelo anexo).

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES POR PARTE DE LOS AYUNTAMIENTOS: desde el 1 de septiembre al 31 de octubre de 2025, ambos inclusive.

LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE AYUDA CONLLEVA LA ACEPTACIÓN DE LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO, ASÍ COMO DEL ANTICIPO MÁXIMO QUE PUEDA CORRESPONDER