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Ventas especiales

Modalidades de ventas especiales

Se consideran ventas especiales las ventas a distancia, ventas ambulantes o no sedentarias, ventas automáticas, ventas domiciliarias y ventas en pública subasta.

¿Qué son ventas a distancia?

Es aquella modalidad de venta cuyas propuestas de contratación se difunden por medios de comunicación (catálogos, folletos, etc.) que sólo alcancen al territorio de Castilla y León o que ejerzas esta actividad desde la Comunidad de Castilla y León.

¿Qué es la venta a domicilio?

Es aquella en la que la oferta se produce en domicilios privados, lugares de ocio o reunión, centros de trabajo y similares que no sean el establecimiento del vendedor.

No se consideran ventas a domicilio las entregas a domicilio de mercancías adquiridas por cualquier otro tipo de venta.
La publicidad de este tipo de venta debe ser entregada al consumidor, y debe incluir:

-   Identificación y domicilio de la empresa.

-   Identificación del personal que interviene en este tipo de venta.

-   Número de autorización para la práctica de este tipo de venta.

-   Los datos esenciales del producto o servicio que permitan su identificación inequívoca en el mercado.

-   Precio, forma y condiciones de pago, gastos y plazo de envío.

-   Fijación del derecho de desistimiento, sistema de devolución.

-   Indicación de la adhesión o no a algún procedimiento extrajudicial de conflictos.

¿Qué es la venta ambulante o no sedentaria?

Es la venta realizada por comerciantes, fuera de un establecimiento comercial permanente, de forma habitual, ocasional, periódica o continuada, en los perímetros o lugares debidamente autorizados, en instalaciones desmontables o transportables, incluyendo los camiones-tienda.

En todo caso, la venta no sedentaria únicamente podrá llevarse a cabo en mercados fijos, periódicos u ocasionales, así como en lugares instalados en la vía pública para productos de naturaleza estacional.

  • ¿Es necesaria una autorización? ¿Quién la otorga?

Sí es necesaria. La autorización se otorga por el Ayuntamiento en cuyo término municipal se realice la actividad.

¿Qué es la venta automática?

Es aquella actividad comercial minorista en la cual se pone a disposición del consumidor el producto o servicio para que éste lo adquiera mediante el accionamiento de cualquier tipo de mecanismo y previo pago de su importe.